“Tenemos la facultad de demandar jurídicamente, cualquier edición que nosotros consideremos que estén haciendo fuera de los criterios que nosotros estamos manejando” dijo Fernando G. Castolo.
Milton Iván
Peralta
La hija del Bandido
no se acaba nunca, y tras cumplir 128 años de haber sido publicada por primera
vez, el Archivo Histórico de Zapotlán el Grande, presenta una edición más de la
novela de Refugio Barragán de Toscano. El cronista Fernando G. Castolo comenta:
“esta nueva edición tiene unas peculiaridades, es una edición tuvimos que
revisar y modificar su sintaxis, como de puntuación y gramatización, tal cual
con la primera edición”, no realizaron un facsimilar, ya que “traeríamos al
presente los errores del pasado, además queremos darle un sesgo moderno”.
El cronista comenta que dicha reedición es para ir
generando un homenaje adelantado “por los cien años del fallecimiento de la
autora”, que será en el 2016. “Por ley se liberan los derechos para que
cualquiera pueda realizarlas, porque los derechos ya son comunitarios”. Fernado
G. Castolo celebra el que “por fin sale
un ISBN a favor del ayuntamiento” y remata diciendo “ahora sí somos los únicos
con los derechos internacionales que
podemos realizar la reedición de esta
obra, ya nadie más puede hacerlo, quedó la obra registrada a nombre del Archivo
Histórico Municipal de Zapotlán el
Grande, totas las ediciones en su totalidad”, explica que tiene un código
específico para diferentes ediciones
carta, media carta, pastas blandas, pastas duras, ediciones facsimilares
“todo lo que tenga que ver con ediciones que logramos acaparar el mayor número
de ediciones”. Dice que fue un trabajo el poder rescatar el ISBN “no fue
gratis, tuvimos que hacer viajes a México y pagar cada uno de los trámites y
los formatos que pudimos editar”, advirtió que con esto “tenemos la facultad de
demandar jurídicamente, cualquier edición que nosotros consideremos que estén
haciendo fuera de los criterios que nosotros estamos manejando, tenemos que
marcar la pauta y la directriz de las ediciones”. Dice que se ponen en esa “posición de que
somos los únicos a nivel nacional que poseemos ya los derechos”. Y dijo
tajantemente que cualquier otra edición será catalogada “como pirata, y estaría
en nuestro recurso o no hacer las demandas pertinentes”. Aclaró que verán en un futuro si tratarán de
evitar “otras ediciones que vengan a denostar un poco lo que nosotros hemos
realizado”.
Fernando
G. Castolo comenta que estas posturas las toman “creemos que tenemos un
compromiso sincero y certero con la comunidad de mantener viva la memoria de lo
que aquí se realiza a nivel de literatura e historia”. Dice que el compromiso es que “nunca jamás va
volver a faltar La hija del bandido,
siempre va estar vigente”.
El cronista, anuncia que saldrá una edición de lujo
de “La hija del Bandido” que pretenden editar el próximo año, que serán los
facsimilares de dicha novela pero “los manuscritos, los borradores iniciales
que la señora escribió”, dicen que serán regalados para el municipio. Aclara que no es la obra completa, este regalo
será por la maestra Sara Velazco. Avisó
que el material original no tendrá
acceso al público, “nada más a especialistas, por eso se hará la edición, por
ser material tan frágil y tan exclusivo”.
El libro de La
hija del bandido está de venta en el Archivo Histórico Municipal de Zapotlán
el Grande, y en la biblioteca “Mauro Velazco”, el precio al público es de $200
pesos. Es una edición de media carta, con una portada en grises con colores
blanco y anaranjado. “El trabajo que
estamos presentando en esta ocasión es mucho más pulcro, le hemos dado ese plus
a la obra”.
¿Qué
dice la ley?
Nueva
Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1996
TEXTO
VIGENTE Última reforma publicada DOF 17-03-2015
Capítulo II De los Derechos Morales
Derechos
Morales Artículo 18.- El autor es el único, primigenio y perpetuo titular de
los derechos morales sobre las obras de su creación.
Artículo
19.- El derecho moral se considera unido al autor y es inalienable,
imprescriptible, irrenunciable e inembargable.
Capítulo
III
De los Derechos Patrimoniales
Artículo
24.- En virtud del derecho patrimonial, corresponde al autor el derecho de
explotar de manera exclusiva sus obras, o de autorizar a otros su explotación,
en cualquier forma, dentro de los límites que establece la presente Ley y sin
menoscabo de la titularidad de los derechos morales a que se refiere el
artículo 21 de la misma.
Artículo
29.- Los derechos patrimoniales estarán vigentes durante:
I. La
vida del autor y, a partir de su muerte, cien años más. Cuando la obra le
pertenezca a varios coautores los cien años se contarán a partir de la muerte
del último
II. II.
Cien años después de divulgadas.
Capítulo
II
Del Contrato de Edición de Obra Literaria
Artículo
44.- El contrato de edición de una obra no implica la transmisión de los demás
derechos patrimoniales del titular de la misma.
Artículo
56.- El contrato de edición terminará, cualquiera que sea el plazo estipulado
para su duración, si la edición objeto del mismo se agotase, sin perjuicio de
las acciones derivadas del propio contrato, o si el editor no distribuyese la
obra en los términos pactados. Se entenderá agotada una edición, cuando el
editor carezca de los ejemplares de la misma para atender la demanda del
público.
Capítulo III
De los Editores de Libros
Artículo
125.- Los editores de libros tendrán el derecho de autorizar o prohibir:
I. La
reproducción directa o indirecta, total o parcial de sus libros, así como la
explotación de los mismos;
II. La
importación de copias de sus libros hechas sin su autorización, y
III. La
primera distribución pública del original y de cada ejemplar de sus libros mediante
venta u otra manera.
Artículo
126.- Los editores de libros gozarán del derecho de exclusividad sobre las
características tipográficas y de diagramación para cada libro, en cuanto
contengan de originales.
Artículo
127.- La protección a que se refiere este capítulo será de 50 años contados a
partir de la primera edición del libro de que se trate.
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